El 20 de julio de 1867 se inauguraba el Pueblo de Rivera, cerrándose así el ciclo fundacional de nuestra ciudad, iniciado con la ley del 7 de mayo de 1862 por la cual se creaba villa Ceballos. La ley del gobierno Berro estableció la fundación frente a frente con Santa Ana do Livramento, en los terrenos que el imperio brasileño desde 1857 reclamaba para ensanchar el ejido de la ciudad, pero sobre todo porque la población había quedado en el valle a merced de futuros puestos militares orientales ubicados en los actuales cerros del Marco y Marconi. La reacción estatal “orientalizadora” indicaba que la fundación de nuevas poblaciones en la frontera era la estrategia adecuada. Y así ocurrió, menos de un mes después de promulgada la ley Santiago y Simón Queirolo ya estaban instalados con sus carretas repletas de mercaderías sobre la línea de frontera.
Poco después los seguirán varios vecinos de Livramento, instalándose de este lado de la línea con aserradero, olarías, fabricación de tejas, canteras de piedra, comercio al por mayor y sus propias familias, como lo indicaba claramente el plano confeccionado por el Ingeniero brasileño Luppi en 1865. Los sucesos políticos de 1863 con las luchas partidarias entre Venancio Flores y Berro, paralizaron las acciones administrativas determinadas en la ley fundacional de villa Ceballos, entre ellas su inauguración. Instalado Flores nuevamente en el poder, después de retornar de la guerra contra Paraguay, ordenaba por decreto del 26 de junio de 1867 la creación del Pueblo de Rivera, en homenaje al coronel Bernabé Rivera. La nueva población debía instalarse donde ya existían algunas casas, villa Ceballos, o en su defecto a 20 o 30 cuadras más allá del Cuñapirú.
Carlos Reyles, jefe político de Tacuarembó llegó a la frontera el 14 de julio y se encontró con una población de 341 habitantes, casas, quintas, comercios, escuela, policía, aduana, juzgado y Comisión Auxiliar, responsable por la administración de la villa. Ante tal situación, ordenó al agrimensor Martín Pays realizar el trazado urbano de la población existente.
El 20 de julio de 1867, en la casa de la familia Cotteins, aún de pie en calle Ceballos casi Joaquín Suárez, se firmó el acta de creación del pueblo de Rivera. Un acto multitudinario para la época registrado en las columnas del diario La Tribuna de Montevideo con una crónica muy interesante, discursos, declamaciones poéticas, concierto de piano y canciones animaron la velada que culminó en un baile. En ese acto en forma insólita se cruzaron varios hechos administrativos, primero la inauguración de Ceballos, pendiente desde 1862, segundo la creación de Pueblo Rivera y tercero el trazado urbano de la población. El primer aspecto era muy importante para los vecinos pues en la ley fundacional se preveían 7 años de exenciones tributarias que regían a partir de la inauguración oficial, acto ocurrido ese día 20 de julio. El otro de gran importancia era la regularización de los solares, quintas y chacras ocupados. El plano de Martín Pays, es muy claro: plano de las manzanas y solares del Pueblo de Rivera, creado por ley del 7de mayo de 1862 y ordenada para práctica de todas las operaciones de mesura por decreto del Poder Ejecutivo de 26 de junio de 1867.
Cumplida dicha acción, Rivera emprendía su camino oficialmente. Sus pobladores tenían por delante un siglo y medio de trabajo, de luchas y enfrentamientos fronterizos, hasta construir por propia elección y determinación una frontera de paz y convivencia solidaria.