¿De quien depende?
Dirección General de Hacienda IDR
¿Donde se realiza?
División Tributos (Agraciada 570 – Planta baja) | Teléfono: 4623 1900 int. 211
¿Cuando se realiza?
De lunes a viernes de 08:15 a 15:00 hrs.
¿Que se necesita para realizarlo? - Documentación que debe proporcionar
En caso de que la persona que concurra a realizar el trámite sea una persona física (titular del trámite) , esta debe presentar:
- Formulario completo original y copia (fotocopia)
- Cédula de identidad original y copia (fotocopia)
- Timbre profesional
En caso de que, la persona que concurra a realizar el trámite sea el representante de persona física (el titular del trámite) o de jurídica (entidad de cualquier tipo); este debe presentar:
- Formulario completo, original y copia
- Certificado notarial (original y fotocopia) con contralor: en cumplimiento de la ley 17904.
- Poderes, en caso de que concurra el apoderado; será necesario certificado de la firma y fotocopia de la CI. del mismo.
- Si concurre el apoderado este deberá exhibir, el poder original y fotocopia del mismo, para constar como vigente la documentación notarial en un periodo máximo de 90 días.
Costos
- Timbre profesional de $180
- Media UR al momento de levantar el Certificado Único Departamental
¿Cómo se hace?
- Descargar formulario en el sitio web de la IDR
- Completar formulario con letra legible.
- Realizar una copia del mismo.
- Concurrir al predio de la IDR (Agraciada 570) con la documentación completa.
- Dirigirse a la Dirección General de Hacienda, División Tributos (planta baja).
- Comprar un timbre profesional (¿Donde se compra el timbre? Se compra en caja de División Tributos valor $180)
Datos a tener en cuenta
- Duración de entrega: una vez presentada la documentación el plazo de expedición es de 5 días hábiles pasada la entrega.
- En los siguientes 5 días luego de su entrega se verificarán los datos declarados.
- Vigencia: un año a partir de la fecha de expedición del mismo.
- Quiénes deben solicitarlo: Las personas contribuyentes del IRAE y/o IMEBA que además sean Sujetos Pasivos de Contribución Inmobiliaria y/o Patente de Rodados.
- Sujetos pasivos:
- Contribución inmobiliaria:
- Propietarios.
- Poseedores a cualquier título.
- Promitentes Compradores con Promesa Inscripta.
- Patentes de rodados:
- Propietarios.
- Titular de Documento Identificación del Vehículo (libreta).
- Poseedor a cualquier título.
- Promitente comprador en Compromiso de Compraventa con firmas certificadas notarialmente y,
- Usuario de automotor con Contrato de Crédito de Uso (Leasing).
- Contribución inmobiliaria:
- Sujetos pasivos:
Normativa: Artículo 487 Ley 17930 – Decreto 502/07 del 20-12-07 y Decreto 329/08 del 7-7-08
- Actualización: 16/12/20
- Responsable de esta información:
- División Tributos
- Director: Mariela Villagrán
- Agraciada 570 - Planta baja.
- Teléfono: 4623 1900 Int. 211
- Horario de atención: de Lunes a Viernes de 08:15 a 15:00 horas.
- E-mail: tributos@rivera.gub.uy