Certificado Único Departamental

¿De quien depende?
Dirección General de Hacienda IDR

¿Donde se realiza?
División Tributos (Agraciada 570 – Planta baja) | Teléfono: 4623 1900 int. 211

¿Cuando se realiza?
De lunes a viernes de 08:15 a 15:00 hrs.

¿Que se necesita para realizarlo? - Documentación que debe proporcionar
En caso de que la persona que concurra a realizar el trámite sea una persona física (titular del trámite) , esta debe presentar:

  • Formulario completo original y copia (fotocopia)
  • Cédula de identidad original y copia (fotocopia)
  • Timbre profesional

En caso de que, la persona que concurra a realizar el trámite sea el representante de persona física (el titular del trámite) o de jurídica (entidad de cualquier tipo); este debe presentar:

  • Formulario completo, original y copia
  • Certificado notarial (original y fotocopia) con contralor: en cumplimiento de la ley 17904.
  • Poderes, en caso de que concurra el apoderado; será necesario certificado de la firma y fotocopia de la CI. del mismo.
  • Si concurre el apoderado este deberá exhibir, el poder original y fotocopia del mismo, para constar como vigente la documentación notarial en un periodo máximo de 90 días.

Costos

  • Timbre profesional de $180
  • Media UR al momento de levantar el Certificado Único Departamental

¿Cómo se hace?

  • Descargar formulario en el sitio web de la IDR
  • Completar formulario con letra legible.
  • Realizar una copia del mismo.
  • Concurrir al predio de la IDR (Agraciada 570) con la documentación completa.
  • Dirigirse a la Dirección General de Hacienda, División Tributos (planta baja).
  • Comprar un timbre profesional (¿Donde se compra el timbre? Se compra en caja de División Tributos valor $180)

Datos a tener en cuenta

  • Duración de entrega: una vez presentada la documentación el plazo de expedición es de 5 días hábiles pasada la entrega.
  • En los siguientes 5 días luego de su entrega se verificarán los datos declarados.
  • Vigencia: un año a partir de la fecha de expedición del mismo.
  • Quiénes deben solicitarlo: Las personas contribuyentes del IRAE y/o IMEBA que además sean Sujetos Pasivos de Contribución Inmobiliaria y/o Patente de Rodados.
    • Sujetos pasivos:
      • Contribución inmobiliaria:
        • Propietarios.
        • Poseedores a cualquier título.
        • Promitentes Compradores con Promesa Inscripta.
      • Patentes de rodados:
        • Propietarios.
        • Titular de Documento Identificación del Vehículo (libreta).
        • Poseedor a cualquier título.
        • Promitente comprador en Compromiso de Compraventa con firmas certificadas notarialmente y,
        • Usuario de automotor con Contrato de Crédito de Uso (Leasing).

Normativa: Artículo 487 Ley 17930 – Decreto 502/07 del 20-12-07 y Decreto 329/08 del 7-7-08


  • Actualización: 16/12/20
  • Responsable de esta información:
    • División Tributos
    • Director: Mariela Villagrán
    • Agraciada 570 - Planta baja.
    • Teléfono: 4623 1900 Int. 211
    • Horario de atención: de Lunes a Viernes de 08:15 a 15:00 horas.
    • E-mail: tributos@rivera.gub.uy

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