Edicto: Por disposición de la I.D.R., se cita, llama y emplaza por el término de sesenta días a los deudos de los cuerpos que estén depositados en columbario del Cementerio Central sin que fuere renovado el boleto de sepultura, se pagarán los tributos correspondientes o se dispondrá el destino de los cuerpos, para que comparezcan a efectos de regularizar la situación, bajo apercibimiento que de no hacerlo en plazo antes indicado los restos serán depositados en el osario general.
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