El Cementerio Central cita, llama y emplaza por el término de sesenta días a los deudos de los cuerpos que estén depositados en parcelas y nichos sin que fuere renovado el boleto de sepultura, para que comparezcan a efectos de regularizar la situación, bajo apercibimiento que de no hacerlo en plazo antes indicado los restos serán depositados en el osario general. Según lo indica el Art. N°23 de la «Ordenanza de Funcionamiento de Cementerios», Decreto N° 7173 del 24/7/1984.
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