Artículo 1º – (Cometidos de las Comisiones Vecinales)
En las diferentes zonas de la ciudad de Rivera, podrá conformarse una comisión de vecinos ajustada a lo que establece esta Ordenanza, la cual se denominará “Comisión Vecinal”, cuyos cometidos serán:
- a) promover la colaboración entre los vecinos, a efectos de lograr la solución a los problemas que afecten a cada zona a través de la asunción de cada uno de los habitantes de su responsabilidad individual y colectiva en la contribución de la mejora de su hábitat.
- b) ser un nexo entre los vecinos y el Gobierno Departamental, teniendo a tales efectos amplia iniciativa en el planteamiento de inquietudes y proyectos atinentes a su zona, las cuales se tramitarán a través de la Coordinadora de Comisiones Vecinales.
Decreto (descargar)
Reglamentación (descargar)
Reglamento interno (descargar)
Modificación, Decreto interno (descargar)