Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana
El cálculo se hace en base al aforo de cada inmueble, el que es establecido por la Dirección Nacional de Catastro, la que depende del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre el cual se cobra una cuota actualizada de acuerdo al presupuesto vigente.
Tasa de Higiene
Está distribuida en 6 franjas, por zonas y se cobra entre 1 y 6 UR anualmente. Ver zonas>>
Tasa de CONSERVACIÓN DE PAVIMENTO
Son 4 tipos de pavimentación:
- Hormigón
- Carpeta asfáltica
- Tratamiento bituminoso
- Empedrado.
Todos con un valor diferente, los que se ajustan de acuerdo al IPC.
Se cobra por el mantenimiento del mismo.
Tasa Terminal de Ómnibus
Se cobra toque de anden 0,25 UR por cada salida de ómnibus.
Tasa Paseo 33 Orientales
Su valor equivale a 1 UR por cada puesto.
Tasa Necrópolis
Su valor anual es equivalente a 3 UR.
Tasa de Alumbrado Público
Es una tasa cuyo valor es de acuerdo a la potencia promedio instalada por cuadra y consecuentemente zonas. Son 7 las zonas existentes. (Ver zonas)
En todos los casos se estima un valor promedio instalado por cuadra.
- POTENCIA POR ZONA
- ZONA 1: Potencia mayor a 1250 w.
- ZONA 2: Potencia entre 1250 w y 750 w.
- ZONA 3: Potencia entre menos 750 w y 600 w.
- ZONA 4: Potencia entre menos 600 w y 450 w.
- ZONA 5: Potencia entre menos de 450 w y 300 w.
- ZONA 6: Potencia entre menos de 300 w y 150 w.
- ZONA 7: Potencia menor a 150 w instalados
Tasa Bromatológica
Se cobra en UR, dependiendo del artículo.
Tasa DDT Urbana/Rural
Tasa que se cobra conjuntamente con la Contribución Inmobiliaria Rural. Es un valor fijo que se incrementa de acuerdo al IPC.
Actualización: 15/03/17
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- División Tributos. Directora: Mariela Villagrán
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